NOVEDADES RENTA 2025
Esta campaña presenta cambios significativos en cuanto a obligaciones de declarar, exenciones y beneficios fiscales por transición energética.
1. Calendario de la Campaña de Renta 2025
Las fechas clave para la presentación son las siguientes:
8 de abril de 2026: Inicio del plazo para la presentación por internet a través de Renta Web.
6 de mayo de 2026: Inicio de la presentación por atención telefónica.
1 de junio de 2026: Inicio de la presentación presencial en oficinas.
30 de junio de 2026: Finalización del plazo de la campaña.
2. Obligación de Declarar y Límites de Exención
Prestación por desempleo: Se ha suprimido la obligación que tenían los beneficiarios de prestaciones por desempleo de presentar anualmente la declaración del IRPF.
Límites de ingresos: Se mantienen los umbrales generales, destacando que el límite para no declarar con dos o más pagadores se sitúa en 15.876 € (siempre que el segundo y restantes superen los 1.500 €). Para un solo pagador, el límite general es de 22.000 €.
Deducción por bajos ingresos: Se aplica una reducción en la cuota de hasta 340 € anuales que disminuye gradualmente hasta desaparecer al alcanzar los 18.276 € de ingresos.
3. Novedades en Exenciones
Daños personales: Se amplía la exención por responsabilidad civil para incluir indemnizaciones derivadas de acuerdos de mediación o soluciones extrajudiciales, siempre que intervenga un tercero neutral y se eleve a escritura pública.
Despido o cese: Se especifica la exención para indemnizaciones acordadas en el acto de conciliación administrativa previa a la vía judicial.
Catástrofes naturales: Se declaran exentas las ayudas por daños personales causados por la DANA en Valencia y Andalucía, así como por incendios forestales ocurridos en el verano de 2025.
4. Incentivos a la Transición Energética y Eficiencia
Vehículos eléctricos: Deducción del 15% del valor de adquisición de vehículos eléctricos nuevos, sobre una base máxima de 20.000 €.
Puntos de recarga: Deducción del 15% por la instalación de sistemas de recarga de baterías, con una base máxima de 4.000 €.
Mejora en viviendas: Se mantiene y actualiza la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética en la vivienda habitual.
5. Otras Cuestiones de Interés
Rendimientos del Capital: Se establece un tipo marginal del 30% para rendimientos que superen los 300.000 €.
Artistas: Nueva reducción del 30% para rentas irregulares de artistas y personal técnico cuando los rendimientos superen el 130% de la media de los tres años anteriores.
Autónomos y Sociedades: Prórroga de los límites para el régimen de Estimación Objetiva (módulos) en 250.000 € de ingresos y compras. Asimismo, se aclara que las retribuciones a administradores son deducibles si están correctamente contabilizadas, incluso si los estatutos prevén gratuidad, según jurisprudencia reciente.
A continuación puede descargar infografía con las principales deducciones autonómicas de Canarias.
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