Complemento para la reducción de la Brecha de Género

El Tribunal Supremo entiende que la cantidad adecuada para compensar los daños por la discriminación derivada de la denegación del complemento de maternidad a los varones debe ser fijada en 1.800 euros y que es la que debe ser aplicada por los órganos judiciales en todos aquellos supuestos en los que exista controversia sobre la cuantía de la indemnización. Esta resolución es una más de un accidentado y largo proceso, doctrinal y jurisprudencial, iniciado en 2016, cuyo último capítulo está aún por escribir.
La sentencia del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2024 proclama que el complemento no prescribe. Los pensionistas pueden reclamarlo en cualquier momento, con independencia de la fecha en que se hubieran jubilado.
En cuanto a su regulación actual (art. 60 LGSS), el TJUE ha manifestado que, a pesar de las últimas reformas, aún es discriminatoria para los hombres (STJUE 15 may. 2025, rec. C-623/2023).
Adjuntamos documento donde se analiza la evolución y cuantía actual del complemento de maternidad
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